El Gobierno eliminó la triangulación de las obras sociales, y desde ahora los aportes de los trabajadores se derivarán directamente a las prepagas. Sin intermediarios.
Según pudo saber Clarín, casi 600.000 personas ya “se pasaron”, y desde este lunes está corriendo el período limite de 60 días para tomar una decisión en contra o dejar que el cambio ocurra libremente: si no se expresa que no se desea que los aportes sean derivados automáticamente a la empresa de medicina prepaga, el paso es directo.
La medida ya está en vigencia. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) tiene potestad de derivar directamente a las prepagas los aportes y contribuciones retenidos, incluso los anteriores a la eliminación de la intermediación.
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Cuáles son las prepagas inscriptas en el Registro Nacional para derivar aportes
El esquema de la triangulación entre obras sociales y prepagas se montó en la década del ’90 y permitió que los trabajadores pudieran tener cobertura de medicina privada derivando los aportes a la seguridad social.
Desde el Gobierno quieren desarmar esa intermediación, aseguran, que implica una “caja negra” de más de $ 30.000 millones al mes.
El ánimo oficial es que esto implique un beneficio directo a los afiliados y también una llamada de atención a las prepagas para que se mantengan en línea en los aumentos de cuotas, tendiendo a una estabilización como la que está experimentando el índice de inflación.
Ante la novedad de la desregulación de los aportes, surgen algunas dudas.
¿Las prepagas pueden ahora negarse a recibir a empleados que antes estaban en la obra social y que ahora se les derivan los aportes directamente?
“La tercerización de aportes se hace a través de una obra social con la que la empresa de medicina prepaga tiene convenio específico, de afiliados. Por consiguiente, los empleados tienen un contrato vigente previo a la derivación de aportes a través de la obra social. No pueden negarse“, explican a Clarín desde entidades miembros de la Unión Argentina de Salud (UAS), la confederación que nuclea a la mayoría de las organizaciones de medicina privada del país.
¿Y qué pasa con los nuevos empleados? Por ejemplo: si un afilado se desregula por su cuenta, entra a trabajar en un comercio y en vez de tener la Obra Social de Empleados de Comercio (Osecac) deriva aportes a una prepaga, y paga la diferencia, ¿esa empresa de medicina prepaga se puede negar a recibirlo?
“En el caso de nuevas afiliaciones, -explican las mismas fuentes- cuando se reabran los traspasos voluntarios que están bloqueados sin aviso, todos los Agentes del Seguro entran dentro de las leyes 23.660 y 23.661. Por lo tanto están obligados a recibir a todos los trabajadores en relación de dependencia sin carencias ni preexistencias (sin requerir pago adicional por preexistencia al momento de la afiliación). Solamente pueden requerir pagos complementarios por planes superadores”.
En general el empleador le retiene al empleado 3% de la remuneración bruta y, a su vez, contribuye con 6% de la mencionada remuneración.
¿Qué pasa ahora con la plata que antes iba a la obra social? ¿Se va descontar menos en el recibo de sueldo? ¿Cómo se va a hacer ahora el “reintegro” del porcentaje que antes se quedaba la obra social como comisión?
“Del 9% total, ARCA destina 15% al Fondo Solidario de Redistribución (FSR) y el 85% restante lo transfiere al Agente del Seguro que son Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga que se inscribieron en el Registro Nacional de Agentes del Seguro (RNAS) para poder tener afiliados desregulados.”, detallan.
Y siguen: “Sintéticamente, a partir de ahora el 85% de aportes y contribuciones llega directamente a la prepaga con la que el afiliado tiene contrato, sin intermediación. El empleado y el empleador seguirán aportando el mismo 9% de siempre, sin modificación alguna”,
En otras palabras, aclaran, mientras que la obra social recibía los aportes y contribuciones y los derivaba a la prepaga, y cobraba por esa intermediación entre 3 y 10% “como peaje”, a partir de ahora, la prepaga recibirá directamente el 85% del total, por consiguiente, acreditará más fondos en la cuenta del afiliado.
“En los hechos implica que el afiliado se verá beneficiado pagando menos diferencia por su afiliación. Conclusión el afiliado pagará menos de bolsillo y la OS queda fuera de la intermediación.”
La resolución de la desregulación
La Resolución 1/2025 publicada en el Boletín Oficial, comenzó a regir a partir el viernes. La decisión es instrumentada por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS).
Esto funcionaba desde 2024, pero implicaba que el mismo trabajador se ocupara de hacer el cambio en el servicio en salud. Con esta definición, la situación es a la inversa: quienes quieran mantener sus aportes en la obra social y de allí derivar a una prepaga tendrán que manifestarlo de modo obligatorio.
Los aportes y contribuciones de los trabajadores bajo relación de dependencia del régimen de Empleados del Servicio Doméstico y las cotizaciones de los Monotributistas que triangulen, se derivarán directamente, sin intermediación, al destinatario final contratado por el beneficiario.
Únicamente podrán recibir derivaciones las entidades inscriptas en el Registro Nacional de Agentes del Seguro (RNAS). Así, queda prohibido el mecanismo de triangulación de aportes vigente.
Aquellos beneficiarios que deseen que su aportes y contribuciones o cotizaciones continúen siendo derivados a su actual obra social, y no a un nuevo Agente del Seguro, deberán hacer expresa su negativa mediante un trámite denominado “Voluntad de Permanencia en Obra Social” e implementado a través del sistema de Trámites a Distancia (TAD) de la Superintendencia de Servicios de Salud, en un plazo máximo de 60 días corridos. Se requiere CUIL / CUIT y clave fiscal.
“Los afiliados a la medicina prepaga que estén inscritos en el RNAS y deriven aportes para solventar total o parcialmente sus cuotas, no abonaran IVA, según nos informaron, la AFIP estaría sacando una notificación al respecto”, anticipan las entidades miembros de la UAS que hablaron con Clarín.