La Fiscalía General de la Provincia de Córdoba emitió un dictamen y solicitó la sanción de 30 días de suspensión para cuatro empleadas que se habrían beneficiado por la filtración del contenido de un examen en el concurso para cubrir cargos de prosecretarios letrados de la Defensa Pública.
Quien les habría proporcionado los temas o respuestas es el ahora exdefensor público Eduardo Caeiro, quien renunció al cargo en septiembre del año pasado, mientras avanzaba la investigación jurisdiccional en su contra.
El dictamen de Fiscalía General advierte que cabe la sanción a las cuatro empleadas porque se valieron de información privilegiada suministrada por un integrante del Tribunal Examinador para obtener las mejores notas.
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Vínculos académicos y notas “perfectas”
La investigación administrativa se centró en el desempeño de Mariana Lorenzati, Paz María Sonzini Astudillo, Florencia Zuliani y Ana Martha Ruiz Tamagnini. Las cuatro concursantes mantenían vínculos académicos o personales con el entonces Defensor Público, Eduardo Caeiro, quien integraba el tribunal del concurso.
El hecho que disparó las alarmas fue la brecha entre los resultados: mientras la mayoría de los aspirantes obtuvo notas regulares, las sumariadas lograron las cuatro calificaciones más altas, incluyendo un 100% de efectividad por parte de Zuliani. El dictamen resalta que algunas de ellas habían aprobado el examen general con el puntaje mínimo, lo que tornaba sus desempeños “sobresalientes” en el examen específico en algo altamente sospechoso.
La Asociación Gremial de Empleados Judiciales (Agepj) tuvo un rol importante en exponer la situación observada.
Cómo se conoció la filtración
El testimonio de una empleadas fue un elemento clave. Relató que en el receso en una especialización dictada por Caeiro en la Universidad Católica de Córdoba (UCC), vio al defensor y a Sonzini Astudillo hablar en tono reservado.
Posteriormente, según el dictamen, Sonzini Astudillo le habría confesado vía WhatsApp que “el flaco (Caeiro) la había llamado” dos días antes del examen para indicarle específicamente qué leyes y jurisprudencia debía llevar, lo que le permitió obtener un resultado destacado. Aunque las sumariadas negaron los cargos en sus descargos alegando preparación académica, la fiscalía consideró que las pruebas son suficientes para acreditar la falta.
Renuncia y derivación penal
El escándalo ya había provocado la renuncia de Eduardo Caeiro a su cargo de Defensor Público Penal de 28° Turno, lo que tornó abstracta la posibilidad de una sanción administrativa en su contra, aunque el dictamen subraya la gravedad de su obrar al “quebrantar la confidencialidad“.
Para la Fiscalía General, el accionar de las agentes “comprometió severamente el prestigio y la reputación de la administración de justicia” y lesionó la transparencia del sistema de concursos. Cabe recordar que, ante las irregularidades, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ya había resuelto en noviembre de 2024 anular el examen y convocar a una nueva prueba con un tribunal diferente.
El Tribunal Superior tiene la última palabra
El dictamen de la Fiscalía General no es vinculante, pero ofrece argumentos al Tribunal Superior que debe resolver si aplica o no una sanción a las empleadas judiciales.
En paralelo, en la causa penal la Cámara de Acusación había dictado el sobreseimiento de las empleadas por “atipicidad”, es decir que la conducta no encuadraba en el delito de violación del secreto por el cual estaban imputadas.
La fiscalía de Cámara fue en casación, refutando la decisión del tribunal de Alzada.
Los abogados Jerónimo y Felipe Franco Trigo, defensores de Mariana Lorenzati una de las trabajadoras involucradas en el presunto fraude en el concurso de prosecretarios, se sumaron a la casación pero para solicitar un sobreseimiento más amplio. Pretenden que la Sala Penal analice el caso nuevamente porque el hecho “no existió”.
La defensa argumenta que existe una “doble atipicidad”, ya que el delito de violación de secreto (artículo 157 del Código Penal) solo puede ser cometido por un funcionario público y no admite la participación de terceros que, como Lorenzati, habrían sido meras “beneficiarias” de la información una vez que el secreto ya había sido revelado por el autor principal.
Ahora, el Tribunal Superior de Justicia deberá definir si confirma el sobreseimiento y bajo qué términos legales, en una causa que ya provocó la anulación del concurso y la renuncia de altos funcionarios judiciales. También si corresponde la sanción administrativa.








