“La que nada debe, nada teme”, canta Cazzu, la artista que en febrero compartió el escenario de River con Bad Bunny. Y antes con Duki, y María Becerra. Esta jujeña de Fraile Pintado, amante de Los Beatles y el Folclore, compositora y con cinco discos grabados, es noticia por estos días, y no por su trap ni su música urbana sino por los conflictos que tiene con su ex pareja, el cantante mexicano Christian Nodal, al punto que hay dos proyectos de ley presentados en México y en Argentina que llevan su nombre: “Ley Cazzu”.
El proyecto local fue redactado por la agrupación Abogadas Feministas AMBA, y lleva la firma del senador Carlos Linares. Propone modificar un artículo del Código Civil y Comercial para permitir la suspensión cautelar de la responsabilidad parental en casos de incumplimiento grave, y busca dar respuesta a un problema complejo, el de los progenitores que, pese a no cumplir con sus obligaciones, conservan un poder de decisión sobre la vida de sus hijos.
El nombre real de Cazzu es Julieta Emilia Cazzuchelli. Su historia reciente, marcada por el conflicto con su ex pareja, padre de su pequeña hija, puso en agenda una situación que atraviesan miles de mujeres: las dificultades para tomar decisiones cotidianas sobre sus hijos cuando existe desacuerdo con el otro progenitor.
Tras la separación de Cazzu y Nodal en mayo de 2024, uno de los puntos de mayor conflicto fue la autorización para que su hija, Inti, pueda viajar al exterior. Y no es un tema menor en este caso, ya que por su actividad profesional, Cazzu necesita trasladarse con bastante frecuencia, pero la falta de acuerdo con el padre derivó en trabas legales que fueron condicionando los viajes.
En una entrevista, Cazzu contó que tuvieron una mediación para intentar lograr un acuerdo pero que uno de los abogados de su ex pareja prácticamente la amenazó. “Ese hombre me miró a los ojos y me dijo: ‘tenemos el control sobre vos y tu hija’”, recordó. La pelea, entonces se volvió un debate público y político.
Cómo se gestó la “Ley Cazzu”
El primer proyecto inspirado en el caso se presentó el mes pasado en el estado de Michoacán, México, impulsado por la diputada Sandra Arreola Ruiz. La iniciativa propone reformar la Constitución para priorizar el interés superior del niño en situaciones donde uno de los progenitores incumple sus responsabilidades.
El eje es evitar que padres deudores alimentarios o ausentes puedan bloquear trámites esenciales, como pasaportes o permisos de viaje. “La patria potestad no puede seguir utilizándose como un instrumento de control”, sostuvo la legisladora al presentar el proyecto.
Ese mismo espíritu se trasladó a la Argentina. El proyecto ingresado al Congreso a través del senador argentino Carlos Linares (PJ) busca proteger a niños, niñas y adolescentes permitiendo la interrupción de derechos legales de progenitores ausentes, específicamente si incumplen la cuota alimentaria o desaparecen de la vida del menor de edad por más de tres meses.
Lo que plantea es incorporar un nuevo artículo (700 ter) que habilite a los jueces a suspender, de manera cautelar, el ejercicio de la responsabilidad parental cuando se verifiquen dos condiciones: incumplimiento sostenido de la cuota alimentaria y ausencia prolongada en la vida del hijo o hija.
De aprobarse, la medida permitiría que el progenitor que ejerce efectivamente el cuidado pueda autorizar viajes al exterior, realizar trámites de salud o educación y tomar decisiones sin depender del consentimiento del otro.
Los datos detrás del proyecto
La iniciativa no se apoya solo en un caso mediático. Los fundamentos incluyen cifras que muestran la dimensión del problema: el 16% de los hogares en Argentina son monoparentales y más de ocho de cada diez tienen jefatura femenina. Más de 3 millones de niñas, niños y adolescentes viven en hogares monomarentales.
Más de la mitad de las madres no recibe cuota alimentaria cuando el padre no convive, proporción que asciende al 68% si se considera el pago irregular. En la provincia de Buenos Aires, el 66,5% de las mujeres no recibe aportes o los recibe de forma esporádica.
El proyecto también advierte sobre prácticas como la “obstrucción parental abusiva”, es decir, el uso de derechos formales para bloquear decisiones, y la violencia vicaria, cuando los hijos son utilizados como herramienta de control en conflictos entre adultos.
Una vieja problemática
El Código Civil y Comercial de la Nación establece el deber de cuidado y el deber alimentario como dos pilares fundamentales del ejercicio de la responsabilidad parental respecto de los hijos menores de edad. A su vez, reconoce el derecho de niñas, niños y adolescentes a sostener relación y comunicación con su progenitor no conviviente.
“Con la reforma de 2015, se modificaron términos que eran propios del paradigma de la “situación irregular” de niñas, niños y adolescentes, tales como “tenencia”, “visitas” y “patria potestad”, pasándose a hablar de “cuidado personal”, “régimen de relación y comunicación” y “responsabilidad parental””, se lee en los fundamentos del proyecto.
“Además de la terminología, se suprimió la tenencia o el cuidado personal unilateral de los hijos como regla, así como la preferencia materna hasta los cinco años de vida. En su lugar, se estableció como regla el cuidado personal compartido de los hijos, sea de manera indistinta, con un domicilio principal de residencia, o de manera alternada, con una distribución más equitativa del cuidado y sin un domicilio principal. Asimismo, se estableció el cuidado personal compartido indistinto como regla para los casos de desacuerdo”, sigue.
“Si bien el fin de la norma fue contribuir a la erradicación de prejuicios, estereotipos, roles y mandatos de género, promoviendo una distribución más equitativa de las tareas de cuidado y reconociendo la diversidad familiar, lo cierto es que, en la práctica y en muchos casos, esta regla del cuidado personal compartido no se traduce en una corresponsabilidad real. Por el contrario, en numerosos supuestos el ejercicio formal conjunto de la responsabilidad parental convive con el incumplimiento sostenido de las obligaciones de cuidado, manutención y sostenimiento del vínculo con los hijos e hijas”, agrega.
“Hoy en día se puede hacer juicio por alimentos, pero pueden ser larguísimos porque no hay tiempos. Lo mismo ocurre con los permisos para salir del país u otras decisiones. Lo que propone el proyecto es que sea más expeditivo y fija un plazo máximo de 180 días para que el juez decida”, explica a Clarín Amelia Olivera, una de las abogadas autoras del proyecto de Argentina.
Cazzu y su hija, Inti. Foto: Instagram.Meses atrás, al ser consultada por el proyecto de ley mexicano, Cazzu respondió: “Esto es parte de mi vida, mi espacio en el progreso de la igualdad, del feminismo. Dije: ‘Vamos a buscar los espacios para decir las cosas que no están bien, que estaría bueno que estén mejor’. Y siempre fue ese mi lugar. Creo que también fue mi responsabilidad tomar una postura un poco más política y social, eso decanta en estos resultados, ¿no? Esta iniciativa de la ley Cazzu a mí me pareció como un montón. Me confunde. Me pone feliz que para algunas personas yo represente cosas buenas. Es lindo lo que piden, lo que proponen, no sé muy bien cómo sentirme al respecto”.








