Los constitucionalistas exponen las incoherencias del proyecto de Milei | Un amplio abanico de abogados se expresó, desde Sabsay hasta Gil Domínguez

Los constitucionalistas exponen las incoherencias del proyecto de Milei | Un amplio abanico de abogados se expresó, desde Sabsay hasta Gil Domínguez

La intención del Gobierno Nacional de establecer penas para los legisladores que aprueben gastos con déficit fiscal no sólo fue rechazada por la dirigencia de la oposición sino también por abogados constitucionalistas, que advirtieron sobre la ignorancia del presidente Javier Milei en cuestiones elementales como la división de poderes, la independencia del Legislativo y el pleno ejercicio de los derechos políticos.

En su cadena nacional, Milei anunció que enviará al Congreso un proyecto de ley para “penalizar la aprobación de presupuestos nacionales que incurran en déficit fiscal”. Ante esto, el abogado Andrés Gil Domínguez se preguntó en las redes sociales: “¿Es constitucionalmente posible una ley que penalice a los legisladores por sancionar leyes que eventualmente generen déficit fiscal?”, A lo que respondió que no “por cuanto se estaría violando: la inmunidad de expresión parlamentaria que se cristaliza cada vez que un legislador vota una ley y la independencia del Poder Legislativo, coartando la deliberación democrática”.

El jurista recordó que “los legisladores no son responsables penalmente por las consecuencias económicas, fiscales o políticas de las leyes que aprueban, salvo que su conducta encuadre en un delito independiente (por ejemplo, cohecho o negociaciones incompatibles)”. Además, explicó: “Si una ley produce déficit fiscal, la responsabilidad es política y se canaliza mediante el debate público y el voto popular pero nunca a través del poder punitivo estatal”. Explicó que el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), ambos con jerarquía constitucional por imperio del artículo 75 inciso 22 de la Constitución argentina, “garantizan el derecho a ser elegido y a ejercer cargos públicos sin restricciones indebidas. Penalizar el ejercicio de la función legislativa por el contenido de una votación sería una restricción irrazonable del pleno ejercicio de los derechos políticos”.

“Es pura imaginación”, fulminó al jefe de Estado el abogado Diego Armesto. “El Ejecutivo no puede limitar las facultades del Congreso ni interferir en otro poder del Estado. Hacerlo sería romper el sistema republicano y los frenos y contrapesos. Es contradictorio: los privilegios parlamentarios nacieron justamente para evitar que el poder castigara a los legisladores opositores”, destacó.

El constitucionalista objetó además por innecesaria la idea de instruir al Ministerio de Economía para que le prohíba al Tesoro financiar gasto primario con emisión monetaria, que, de hecho, “puede instrumentarse por decreto” y es una facultad contemplada en la Ley de Administración Financiera. “No hace falta inventar nada nuevo, ya existe una norma. El problema es que el Ejecutivo no la cumple: hace dos años que no tenemos presupuesto, lo que le permite manejar las partidas con total discrecionalidad y sin control parlamentario”, recordó, y apeló a una analogía doméstica. “Si vos y yo somos una familia y decidimos cambiar la heladera o el auto, lo primero que hacemos es ver con qué presupuesto contamos. En la Argentina, hace dos años que no sabemos con qué contamos ni en qué se gasta”.

El abogado Daniel Sabsay, por su parte, opinó que Milei volvió a demostrar “que desconoce la separación de poderes” del Estado y advirtió que penalizar a los legisladores con el criterio que imagina el mandatario “significaría el fin de la República”.