El Superior Tribunal de Justicia del Chaco (STJ) resolvió ratificar la constitucionalidad de la normativa que regula el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN) y rechazó los recursos judiciales que buscaban anular el esquema vigente. Sin embargo, el fallo incluyó recomendaciones dirigidas a los poderes del Estado para fortalecer la participación ciudadana y mejorar los controles ambientales.
La decisión quedó plasmada en la sentencia 19/26 y fue adoptada por mayoría, con el respaldo de los jueces Enrique Varela, Víctor del Río, Emilia Valle y Alberto Mario Modi. En tanto, la jueza Iride Isabel María Grillo votó en disidencia al cuestionar el procedimiento de elaboración de la norma.
El STJ ratificó la vigencia del ordenamiento territorial de bosques
El tribunal analizó las demandas impulsadas por organizaciones civiles que solicitaban declarar inconstitucional la legislación provincial que actualiza el OTBN. Tras revisar los planteos, la mayoría consideró que la normativa se ajusta a los lineamientos establecidos en la Ley Nacional de Bosques Nativos N° 26.331, que fija presupuestos mínimos de protección ambiental.
Según el fallo, el ordenamiento territorial constituye una herramienta central para definir el uso del suelo y compatibilizar la preservación de los recursos naturales con el desarrollo económico. En ese sentido, los magistrados remarcaron que la vigencia del sistema brinda seguridad jurídica, ya que establece pautas claras para la planificación productiva y limita decisiones arbitrarias del Estado.
Además, advirtieron que una eventual anulación de la ley generaría un vacío regulatorio con posibles impactos negativos tanto para la protección ambiental como para las actividades productivas autorizadas.
Exigencias para ampliar la participación ciudadana y la consulta indígena
Si bien el tribunal validó la legislación, dispuso una serie de lineamientos complementarios. En particular, ordenó al Poder Ejecutivo implementar mecanismos adicionales de participación social, especialmente en relación con el contenido final del ordenamiento territorial.
También estableció que deberá evaluarse si el régimen impacta directamente en territorios habitados por pueblos originarios, lo que podría derivar en la aplicación de procesos de consulta conforme a estándares constitucionales y tratados internacionales vigentes.
Por su parte, el Poder Legislativo deberá analizar los resultados de esas instancias participativas para determinar si corresponde introducir modificaciones normativas.
Pedido de mayor control sobre desmontes ilegales
Otro de los puntos centrales del pronunciamiento fue la exhortación al Estado provincial para fortalecer las políticas de prevención, fiscalización y sanción frente a los desmontes ilegales. Asimismo, el tribunal sugirió avanzar en medidas destinadas a la recomposición ambiental de zonas afectadas.
Para la mayoría de los jueces, la existencia del ordenamiento territorial requiere una gestión ambiental activa que garantice la preservación de la biodiversidad y el equilibrio de los ecosistemas.
En ese marco, señalaron que los conflictos derivados de desmontes clandestinos no responden a vacíos normativos, sino a fallas en los controles estatales.
El contexto y los fundamentos del fallo
Los magistrados recordaron que la actualización del OTBN se impulsó luego de que la Justicia ordenara subsanar el atraso en la revisión del ordenamiento vigente, cuyo plazo había expirado años atrás.
También valoraron el proceso técnico y legislativo que derivó en la sanción de la norma y su posterior validación por parte de la autoridad ambiental nacional, lo que —según indicaron— confirma que el régimen chaqueño respeta los estándares ambientales fijados a nivel federal.
La postura en minoría
En su voto en disidencia, la jueza Grillo sostuvo que el proceso de elaboración del ordenamiento territorial presentó irregularidades que, a su criterio, justificaban declarar la inconstitucionalidad de la norma.
La magistrada consideró que existieron falencias en la participación ciudadana y, principalmente, en la consulta previa, libre e informada a comunidades indígenas, un requisito que remarcó como obligatorio por su jerarquía constitucional.
La resolución judicial se produce en medio de un escenario de tensiones entre sectores productivos, organizaciones ambientalistas y comunidades indígenas. Si bien el fallo ratifica la vigencia del OTBN, el tribunal dejó en claro que el ordenamiento territorial debe mantenerse como una política pública en revisión permanente, sujeta a mejoras en materia de transparencia, participación social y control ambiental.








