El Ayuntamiento de Málaga ha sido condenado a pagar 16.338 euros a un hombre al que unos agentes de la Policía Local fotografiaron mientras defecaba en la vía pública, unas imágenes que los funcionarios públicos difundieron luego vía WhatsApp. El Consejo Consultivo de Andalucía ha considerado que el consistorio es “responsable patrimonial” de los daños derivados la actuación “directa, voluntaria y negligente” de los policías en acto de servicio. La salud mental de la víctima empeoró y estuvo de baja seis meses. El hombre sintió “rabia y humillación” porque su entorno y sus compañeros de trabajo recibieron las fotografías en sus móviles, según el dictamen hecho público por el consejo.
Los hechos se remontan a la madrugada del 1 de diciembre de 2022. A las 4.43 horas, una patrulla de la Policía Local dio el alto al conductor de un vehículo que se había saltado un semáforo en rojo. También le sometieron a un control de alcoholemia. Él se sintió indispuesto y pidió permiso para defecar, momento que los agentes aprovecharon para tomarle unas fotografías, en las que se ve al hombre “semidesnudo” haciendo sus necesidades. Los policías difundieron ese material gráfico a través de WhatsApp y llegó a algunos compañeros de trabajo de la víctima. Esto repercutió mucho en su situación laboral porque, según explicó, vio “cómo los compañeros se mofaban y burlaban de él pasándose las fotos de unos a otros”, según recoge dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía adelantado en la tarde de este martes por SUR. A finales de mes, el 30 de diciembre de 2022, el conductor denunció los hechos ante la comisaría de policía.
El Área de Recursos Humanos del cuerpo policial decidió abrir expediente disciplinario a los agentes, tanto a los dos que figuraban en la denuncia del ciudadano como de un tercero que se encontraba también implicado. Los hechos se consideraron probados y cada uno recibió una sanción de 15 días de suspensión de funciones como autores de una falta grave. El texto destaca que además la actuación policial comprometió dos derechos fundamentales del hombre: la protección de datos personales y el derecho a la propia imagen. También señala que “el ánimo de burla” que llevó a los agentes a tomar las imágenes y difundirlas provocó “comentarios jocosos” y que ello supuso un “singular padecimiento del reclamante”.
De hecho, la víctima empezó a tener problemas derivados de la difusión de las imágenes. Un informe del Hospital Regional de Málaga —fechado el 5 de junio de 2023— indica que el hombre había sido atendido ya en el verano anterior por un cuadro de ansiedad que sufría desde hacía dos años, pero que la situación había ido a peor tras lo ocurrido. Contó que era su principal fuente de malestar y empezó una baja justo después de interponer la denuncia, el 1 de enero de 2023, sin recibir el alta hasta el 29 de junio. El documento sanitario subraya que “existe relación directa entre el desequilibrio del estado mental del paciente y el suceso relatado” porque el evento había actuado “como disparador y agravador del estado mental”.
Los daños morales y los perjuicios causados al varón son, para el Consejo Consultivo de Andalucía, responsabilidad patrimonial de la administración pública, en este caso el Ayuntamiento de Málaga porque los agentes son funcionarios. Sobre todo porque “la actuación directa, voluntaria y negligente” de los policías ocurrió mientras “desempeñaban las funciones que les son propias” y estaban de servicio. “El relato fáctico revela que los agentes actúan en el ejercicio de su autoridad mientras uno de ellos fotografía al reclamante durante un acto íntimo sin justificación, guiado por un mero animus iocandi, al que sigue la posterior divulgación de la fotografía”, señala el texto, que insiste en que la conducta “merece ser calificada como grave o muy grave” porque si no hubieran tomado las imágenes, no hubiera sido posible su difusión. Por todo ello, estima de manera favorable la resolución de la reclamación de una indemnización por parte del conductor, estimada en 16.338.