El Superior Tribunal de Justicia declaró improcedente la impugnación interpuesta por la defensa del individuo. Confirmaron las condenas de primera y segunda instancia de 18 años de prisión, por abuso sexual y corrupción de menores.
El jueves se conoció la sentencia definitiva del Superior Tribunal de Justicia provincial. Fue en una causa por abuso sexual y corrupción de menores. Declaran improcedente la impugnación extraordinaria interpuesta por la defensa de J.P.R.C. También rechazan su queja. Confirman las condenas de primera y segunda instancia a 18 años de prisión.
La fiscal general Verona Dagotto llevó la causa a juicio y la sostuvo ante la Cámara en lo penal local. La defensa particular del imputado estuvo a cargo de Francisco Miguel Romero.
El 16 de noviembre de 2023, el tribunal colegiado de debate declaró a J.P.R.C. autor penalmente responsable. Lo condenaron por “abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser cometido contra una niña de 13 años y por la convivencia preexistente”, al menos dos hechos en concurso real. También por abuso sexual con acceso carnal agravado, al menos dos hechos en concurso real. Además, por abuso sexual gravemente ultrajante contra una menor de 18 años en concurso ideal con promoción de la corrupción de menores. Esta última agravada por haber sido cometida contra una adolescente de 13 años. Todo en modalidad de delito continuado, y en concurso real con abuso sexual con acceso carnal.
El 24 de marzo de 2024, la Cámara en lo penal local confirmó la sentencia condenatoria de primera instancia en todos sus términos.
La defensa del imputado elevó la causa al STJ en queja. También hizo una consulta por el monto de la pena, superior a diez años de prisión.
Audiencia de revisión de la prisión preventiva
El viernes al mediodía, por solicitud de la fiscal, se realizó la audiencia de revisión correspondiente. La fiscal Dagotto solicitó que se dicte la prisión preventiva de J.P.R.C. También pidió que se remita la sentencia al juez de ejecución penal.
Esto se basó en la sentencia del STJ que declaró improcedente la impugnación extraordinaria y confirmó las condenas. La fiscal argumentó que aumentó el peligro de fuga. Además, pidió asegurar el cumplimiento de la ley penal.
Por su parte, el defensor particular Benjamín Sanabria se opuso al pedido. Afirmó que rige el principio de inocencia hasta que la sentencia quede firme. Solicitó que se mantengan las medidas sustitutivas.
Finalmente, la jueza penal Daniela Arcuri resolvió dictar la prisión preventiva de J.P.R.C. La medida será hasta que la sentencia tenga calidad de cosa juzgada. La jueza fundamentó la decisión en el peligro de fuga y la necesidad de asegurar el cumplimiento de la ley penal.