La jueza Jia Cobb, de la Cámara de Apelaciones del Distrito de Columbia, Estados Unidos, habilitó a un fondo buitre a solicitar embargos de activos de la Argentina en ese país en el contexto del litigio por la expropiación de la aerolínea en 2008, durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner.
Según Clarín, la magistrada permitió que el fondo de inversión Titan Consortium comenzará el pedido de embargo. El monto, según el fallo, es por 391 millones de dólares.
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De acuerdo a la sentencia que difundió el analista Sebastián Maril y replicó el medio antes citado, la jueza consideró que “ha transcurrido un plazo razonable tras la emisión de la sentencia” en favor de Titan Consortium, que se dictó en diciembre de 2024 y sumó que “en los veintiún meses transcurridos desde entonces, Argentina aparentemente no ha hecho ningún esfuerzo por pagar”.
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Aerolíneas Argentinas, según el medio antes citado, explicó que la demanda no es contra la empresa, sino contra el Estado Argentino. Además, desde la Procuración del Tesoro señalaron que el Gobierno se encuentra estudiando las herramientas jurídicas de las que dispone para intentar disminuir el impacto que significaría esta decisión en la economía de los ciudadanos argentinos.

Cómo empezó este caso
Según la Agencia Noticias Argentinas (NA), este caso tiene su origen en el laudo del CIADI en el año 2017, que condenó a la Argentina a abonar la cifra de 321 millones de dólares más intereses al grupo español Marsans por la reestatización de la aerolínea.

Luego, esos derechos fueron adquiridos por el fondo Burford Capital y luego por Titan Consortium, que en la actualidad reclama 391 millones de dólares más intereses acumulados desde diciembre de 2024.
Este conflicto legal llegó a la Corte de Distrito de Columbia, en Washington, donde Titan exigió el reconocimiento y ejecución del laudo; la Argentina alegó, en su defensa, que el reclamo se encontraba prescripto y que el plazo para accionar era de tres años, pero el tribunal respondió que el límite era, en realidad, de doce años y reconoció la condena completa, es decir, intereses y costas.
En julio de este año, la Cámara de Apelaciones del Distrito de Columbia confirmó esa medida, rechazando el planteo argentino sobre la prescripción y dejando firme ya el reconocimiento del laudo correspondiente.








