Los fiscales federales Franco Picardi, Diego Iglesias y Diego Velasco presentaron una apelación contra el fallo del juez Marcelo Martínez de Giorgi quien dispuso el sobreseimiento de ocho imputados en una causa por lavado de activos vinculados al narcotráfico internacional, entre ellos la viuda y el hijo de Pablo Escobar Gaviría. En su presentación, los representantes del Ministerio Público Fiscal cuestionaron con dureza la resolución y advirtieron que se trata de un pronunciamiento “arbitrario” que desconoce la prueba acumulada durante años de investigación.
El fallo recurrido había cerrado el expediente al declarar la nulidad de distintas actuaciones, incluida la declaración del narcotraficante colombiano José Bayron Piedrahita Ceballos en carácter de imputado colaborador. Para los fiscales, esa decisión no solo carece de sustento, sino que “implicó un apartamiento de las reglas de valoración de la prueba, al exigir un estándar de certeza incompatible con la etapa procesal”.
“No estamos ante una simple discrepancia valorativa, sino frente a un pronunciamiento que se aparta de las reglas de la sana crítica, las probanzas de la causa, desarticula el método probatorio propio del delito de lavado de activos y aplica un estándar de corroboración incompatible con la etapa instructora”, señalaron en el escrito, que fue difundido por el sitio del MPF fiscales.gob.ar
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La causa investiga una presunta estructura que habría operado en el país para introducir en el sistema financiero local fondos provenientes de actividades de narcotráfico desarrolladas en el exterior. Según la hipótesis del Ministerio Público, los imputados habrían intervenido en maniobras destinadas a dar apariencia lícita a esos activos mediante el uso de sociedades y operaciones comerciales.
En ese entramado, a María Isabel Santos Caballero y a Juan Sebastián Marroquín Santos se les atribuye haber tenido un rol de enlace. De acuerdo con la acusación fiscal, habrían presentado al empresario argentino Mateo Corvo Dolcet con Piedrahita Ceballos, facilitando así la canalización de fondos ilícitos. Como contraprestación, habrían recibido una suma equivalente a un porcentaje de la inversión.
Uno de los puntos centrales de la apelación es la crítica al criterio adoptado por el juez al evaluar la prueba. Los fiscales cuestionaron que se haya descartado la existencia de conocimiento por parte de los imputados sobre el origen ilícito del dinero y remarcaron que, en este tipo de delitos, la prueba directa del dolo es excepcional.
“La prueba directa del conocimiento del origen ilícito de los fondos suele ser excepcional y debe reconstruirse a partir de indicios convergentes”, explicaron, al tiempo que advirtieron que el fallo fragmenta el análisis y reduce “artificialmente el universo probatorio”.
También pusieron en discusión la valoración de las estructuras societarias utilizadas en las operaciones investigadas. Según indicaron, el magistrado interpretó su formalidad como un indicio de legalidad, cuando en realidad, sostienen, ese tipo de herramientas suele ser utilizado para encubrir el origen ilegal del dinero. “Las maniobras más sofisticadas de blanqueo procuran precisamente servirse de vehículos jurídicos regulares, documentación formal y validadores reputacionales para encubrir con mayor eficacia el origen espurio del capital”, señalaron.
Para los fiscales, el flujo de dinero investigado alcanzó cifras millonarias que fueron introducidas en el circuito económico local a través de distintos mecanismos, entre ellos desarrollos inmobiliarios y estructuras societarias que operaban como vehículos de inversión. Parte de esos fondos, según la acusación, se canalizó hacia proyectos en el partido bonaerense de Pilar, lo que permitió –siempre de acuerdo con la hipótesis del Ministerio Público– integrar capitales de origen ilícito al sistema formal bajo apariencia de negocios legítimos.
Otro de los ejes cuestionados en la apelación es la declaración de nulidad de la colaboración brindada por Piedrahita Ceballos, quien había prestado testimonio en el marco de un acuerdo judicial mientras cumplía condena en Estados Unidos. Los fiscales advirtieron que esa decisión no solo debilitó la base probatoria de la causa, sino que dejó al narcotraficante “impune de momento solo en nuestro país”, pese a haber sido condenado en otras jurisdicciones por delitos vinculados al narcotráfico.
Además, el Ministerio Público remarcó que la investigación se extendió por más de ocho años y contó con la intervención de múltiples organismos especializados, lo que –según sostienen– refuerza la necesidad que el caso sea ventilado en un juicio oral. En ese sentido, señalaron que el sobreseimiento anticipado “reduce artificialmente el universo probatorio” y evita que la evidencia sea debatida en el ámbito procesal correspondiente.
La apelación incluye además cuestionamientos de carácter institucional. Los fiscales advirtieron que la resolución “desacomoda el funcionamiento del sistema argentino respecto de una de sus prioridades más claras y reiteradas” en materia de lucha contra el lavado de activos y recuperación de bienes.
En esa línea, también criticaron que el juez haya cerrado el proceso en esta etapa en lugar de permitir que la discusión se traslade al juicio oral. “El juez no explicó por qué correspondía cerrar definitivamente el proceso con un sobreseimiento, en vez de remitir la discusión al debate oral, ámbito específico para la interpretación de la prueba y la valoración de las explicaciones defensivas”, sostuvieron.
Como parte de la presentación, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se mantengan las medidas cautelares sobre los bienes investigados, al advertir que su levantamiento anticipado “podría tornar ilusorio el ejercicio de la jurisdicción y frustrar los fines del proceso penal”.








