Nuevo fallo declaró inconstitucional el artículo de la Ley de Reforma Laboral que limita las indemnizaciones

Nuevo fallo declaró inconstitucional el artículo de la Ley de Reforma Laboral que limita las indemnizaciones

Un nuevo fallo declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la Ley de Reforma Laboral que fija la fórmula de actualización de las indemnizaciones. Según Infogremiales, el Tribunal del Trabajo Nº 2 de La Plata resolvió “declarar la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley 27.082 y hacer lugar a la demanda deducida por Daiana Belén Burguera contra Cristian Gabriel Peterlana y Lorena Elizabet Peñalva, condenando a éstos a pagarle a aquella, mediante depósito en la cuenta sueldo de la actora (o, en su defecto, en la cuenta de autos) y en el plazo de diez días de notificada esta decisión la suma de $70.108.805 (pesos setenta millones ciento ocho mil cinco con veintiséis centavos) en concepto de diferencias salariales, integración del mes de despido e indemnizaciones por despido injustificado, vacaciones no gozadas y sustitutiva del preaviso”.

El pasado viernes 13 de marzo sucedió algo similar, cuando el Tribunal del Trabajo Nº 3 de La Plata también declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la Ley de Reforma Laboral. En su fallo, el Poder Judicial señaló que el artículo viola los derechos de los trabajadores establecidos en los artículos 14 bis, 16 y 17 de la Constitución Nacional, por lo que el denunciante será indemnizado bajo las condiciones de la ley anterior.

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En esta causa, el empleado se consideró despedido por la ausencia de registración del vínculo, la falta de tareas y el incumplimiento en el pago de salarios. “Es de toda evidencia que en los casos de ausencia de registración del contrato de trabajo, el infractor a tales obligaciones debe cargar con las consecuencias inmediatas y mediatas de su obrar derivadas de la trasgresión del deber de diligencia (art. 1728, CCyC; arts. 1 inc. b y LCT)”, explicaron los jueces en un fallo al que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas.

Para calcular la indemnización, los jueces señalaron que el nuevo sistema podía producir una actualización insuficiente de los créditos laborales frente a la inflación y esto vulneraría los derechos constitucionales del demandante.

Qué dice el artículo 55 de la Ley de Reforma Laboral

El artículo 55 de la Ley de Reforma Laboral regula la manera en que deben actualizarse los créditos laborales en juicios que ya estaban en trámite cuando comenzó a regir la nueva normativa. El apartado hace referencia a los juicios laborales y establece qué se puede bajar entre un 20% y un 60% lo que terminaría cobrando un empleado respecto a los criterios que se aplicaban antes de la aprobación y entrada en vigencia de la nueva ley.

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El artículo 55 define cómo deben actualizarse las deudas usando intereses del Banco Central (BCRA), pero siempre con un límite máximo de inflación + 3% anual y un monto mínimo del 67% de ese cálculo.

HM